Al preparar el cierre fiscal, muchas empresas centran toda su atención en ingresos, gastos deducibles o ajustes contables, dejando en un segundo plano un aspecto que puede tener un impacto directo en el Impuesto sobre Sociedades: la evolución de la plantilla media.
Hay una serie de incentivos fiscales que no dependen únicamente de realizar inversiones o aumentar gastos, sino también de acreditar correctamente el mantenimiento o incremento de empleo.
🚩No revisar este aspecto puede provocar que muchas empresas pierdan beneficios fiscales a los que realmente tendrían derecho.
¿Qué relación tiene la plantilla media con el Impuesto sobre Sociedades?
La normativa fiscal contempla distintos incentivos relacionados con el empleo y, si estás leyendo esto y tu empresa es de reducida dimensión, probablemente te interese aún más.
Uno de los casos más conocidos es la libertad de amortización recogida en el artículo 102 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, aplicable a empresas con una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros.
Este incentivo te permitirá amortizar determinadas inversiones de forma mucho más flexible, aunque existe una condición que muchas empresas pasan por alto y que puede hacerles perder importantes beneficios fiscales: acreditar correctamente el incremento y mantenimiento de la plantilla media durante un período determinado.
Error: pensar que basta con contratar
El hecho de hacer una contratación no es suficiente para acceder a este tipo de incentivos. Hacienda exige comprobar que realmente exista un incremento de plantilla media en comparación con el período anterior y, además, que ese incremento se mantenga durante el tiempo que establece la normativa.
🚩Y aquí es donde aparecen los problemas, porque el cálculo no se realiza contando los trabajadores que tiene la empresa a final de año, sino analizando la media de empleados durante todo el ejercicio.
Por eso, aspectos que muchas veces parecen menores pueden acabar teniendo bastante impacto:
- altas y bajas durante el año
- jornadas parciales
- contratos temporales
- ampliaciones o reducciones de jornada
Presta especial atención a este tipo de errores si tu empresa tiene alta rotación o trabaja con estructuras temporales, ya que es donde más suelen producirse este tipo de incidencias.
Deducciones por contratación de personas con discapacidad
Otro incentivo que las empresas suelen pasar por alto es la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad, regulada en el artículo 38 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Las empresas pueden aplicar deducciones fiscales cuando incrementan la plantilla media de trabajadores con discapacidad:
- 9.000 € por persona/año cuando el grado de discapacidad se sitúa entre el 33% y el 65%
- 12.000 € por persona/año cuando supera el 65%



