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Permiso por fallecimiento y cuidados paliativos

Es probable que hayas visto titulares diciendo que el permiso por fallecimiento pasa de 2 a 10 días, o que hay un nuevo permiso de 15 días por cuidados paliativos. Cuidado: la reforma existe, está pactada, pero no está aprobada. Y esa diferencia es crítica cuando alguien de tu equipo pide un permiso mañana. Te ordenamos lo que hay a día de hoy y lo que puedes ir preparando.

Qué está vigente HOY

Mientras la reforma no se publique en el BOE, sigue aplicándose el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores tal cual:

  • 2 días naturales por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad.
  • 4 días si se requiere desplazamiento fuera de la localidad habitual.

Con un matiz jurisprudencial importante que ya has visto en tus nóminas: el Tribunal Supremo ha venido consolidando que estos permisos deben computarse en días laborables, no naturales, cuando la fecha del hecho causante coincide con un día no laborable para la persona trabajadora. Es decir, si el fallecimiento ocurre un viernes, el permiso empieza el lunes.

Qué propone la reforma pactada 

En diciembre de 2025, el Ministerio de Trabajo cerró un acuerdo con CCOO y UGT (sin la firma de CEOE/Cepyme) para reformar el régimen de permisos por duelo y cuidados. El texto se articularía a través de un Real Decreto-ley. Estos son los tres cambios previstos:

1. Permiso por fallecimiento: de 2 a 10 días hábiles. Para cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2º grado de consanguinidad (hijos, padres, hermanos, abuelos, nietos). Para el 2º grado de afinidad (suegros, cuñados) se mantendrían los 2 días actuales. La gran novedad: los 10 días podrían disfrutarse de forma continua o discontinua dentro de las 4 semanas posteriores al fallecimiento, adaptándose al ritmo real del duelo y de los trámites.

2. Nuevo permiso por cuidados paliativos: hasta 15 días hábiles. Para acompañar a cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2º grado de consanguinidad que estén recibiendo cuidados paliativos. Requeriría informe médico que acredite la situación, y podría fraccionarse en dos periodos dentro de los tres meses previos al fallecimiento.

3. Nuevo permiso por acompañamiento en eutanasia: 1 día. Para acompañar a la persona en el proceso, con las mismas relaciones familiares que los anteriores.

Por qué HOY no está en vigor 

Aquí es donde entra la política. El Gobierno tiene previsto aprobarlo por Real Decreto-ley, lo que permitiría su entrada en vigor inmediata tras la publicación en el BOE. Pero después necesita la convalidación del Congreso en 30 días, y ahí es donde está la incógnita: con la actual aritmética parlamentaria, existe un riesgo real de que la medida sea derogada tras entrar en vigor, como ya ha ocurrido con otros decretos en los últimos meses.

Por eso el calendario está siendo tan poco predecible. El acuerdo lleva pactado desde diciembre, pero cada anuncio de aprobación se ha ido posponiendo. Cuando finalmente se publique, previsiblemente entrará en vigor de inmediato, sin periodo transitorio. Y ese es precisamente el problema para RR.HH.: puede pillar a las empresas sin políticas actualizadas.

Qué debes hacer ahora mismo

  • No aplicar los 10 días todavía. Si un empleado pide el permiso citando la reforma, el marco legal aplicable sigue siendo el actual (2 o 4 días). Otra cosa es que la empresa o el convenio ya reconozcan mejoras: eso siempre prevalece.
  • Revisar tu convenio colectivo. Muchos convenios ya mejoran el mínimo del ET (algunos reconocen 3, 4 o 5 días sin desplazamiento). La reforma no elimina esas mejoras: si tu convenio da más, se sigue aplicando el convenio.
  • Dejar preparadas las políticas internas. Cuando se apruebe la norma, no vas a tener margen. Ten ya redactado un borrador de protocolo: qué justificantes pedir (certificado de defunción, informe médico para paliativos), cómo se solicitan los días discontinuos, cómo se registra en la nómina.
  • Ajustar el software de ausencias. Si usas herramienta de RR.HH., habla con el proveedor: la mayoría ya está preparando la configuración para cuando llegue.
  • Formar a mandos intermedios. El punto delicado es el primer contacto: la persona que pide el permiso está atravesando un duelo. Un jefe directo diciendo «según la nueva ley te tocan 10 días» cuando aún no está aprobada genera un problema doble.

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